El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó a Mario Andrés Crespo Díaz a la pena efectiva de 3 años y un día de presidio, como autor del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego. Ilícito perpetrado en septiembre de 2016, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 138-2017), el tribunal –integrado por los magistrados Alicia Faúndez (presidenta), Gloria Sepúlveda y Ricardo Aravena (redactor)– condenó, además, a Crespo Díaz a 61 días de presido efectivo, como autor del delito de maltrato de obra a Carabineros, más la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.
En el fallo –dictado ayer, martes 12 de septiembre–, el tribunal absolvió a Crespo Díaz de la acusación del Ministerio Público que lo sindicaba como autor de los delitos de amenazas y lesiones menos graves, en contexto violencia intrafamiliar, y porte de drogas. En tanto, Margarita Cecilia Ruiz Jil fue absuelta del delito de tenencia Ilegal de arma de fuego.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 0.45 hora del 28 de septiembre de 2016, Carabineros se constituyó en el hogar de Mario Andrés Crespo Díaz y Margarita Cecilia Ruiz Jil, constatando una fuerte discusión entre ambos, por lo que los efectivos policiales ingresaron al inmueble, lugar en el que encontraron dos armas de fuego y seis cartuchos balísticos sobre una cama, y 5 gramos de cocaína base entre las ropas del sentenciado.
Al proceder a la detención, Crespo Díaz propinó un golpe de pie a uno de los carabineros, provocando una contusión en la mano izquierda al uniformado.