La Tercera Sala de la Excma. Corte Suprema rechazó un recurso de casación por el que se pretendía revertir el fallo del Tribunal Ambiental de Valdivia, de septiembre de 2016, que declaró la nulidad de la Norma Secundaria de Calidad Ambiental de la Cuenca del Río Valdivia.
La decisión confirma los fundamentos según los cuales se dictaminó que se había incumplido la obligación legal de poner a disposición pública de manera oportuna los Informes Generales de Impacto Económico y Social (AGIES), necesarios para que los distintos actores pudieran ejercer el derecho a participación ciudadana en la consulta sobre el anteproyecto de norma. El AGIES, según la normativa ambiental, es el instrumento que implica análisis técnico y económico, desarrollo de estudios científicos, consulta a organismos competentes, públicos y privados, análisis de las observaciones formuladas y una adecuada publicidad.
La sentencia confirmó además que los análisis de costos y metodología de estimaciones que sirvieron de base a la norma secundaria no permitían contrastar los cálculos de costos realizados por carecer de detalles suficientes para replicarlos o acreditar su correcta estimación; pues se omitió explicar cómo se llegó a un resultado específico, cuál era el significado de ciertas cifras en el estudio, y no se expresaban los hechos fundantes a partir de los cuales se arribaba a costos y beneficios de la norma propuesta.
La Corte también legitimó las reclamaciones de la Corporación para el Desarrollo de la Región de Los Ríos (Codeproval) y la empresa Celulosa Arauco y Constitución S.A., dado su interés patrimonial y directo respecto de la Norma Secundaria que se anuló y que, a partir de esta sentencia, manda a la autoridad a reanudar el procedimiento administrativo, a partir de la elaboración de un análisis general del impacto económico y social de las normas contenidas en el anteproyecto.
Fuente: http://www.tercertribunalambiental.cl