Personas que trabajen día de elecciones tendrán dos horas para poder sufragar

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El comercio puede abrir durante el día de las elecciones,  excepto los malls, centros comerciales y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

En el caso de estos recintos, deberán cerrar a más tardar el día sábado 18 de noviembre a las 21:00 horas para volver a funcionar desde las 06:00 horas del lunes 20 de noviembre.

Así lo aclara la Dirección del Trabajo que ha dispuesto la realización de un Programa Nacional de Fiscalización con el objeto de verificar el cumplimiento de las normas legales establecidas para la jornada de elecciones de Presidente de la República, Parlamentarios y Consejeros Regionales.

Malls y otros centros administrados por una misma razón social o personalidad jurídica deberán permanecer cerrados durante el día domingo 19 de Noviembre de 2017.

Los trabajadores de esos complejos comerciales gozarán ese día de un feriado obligatorio que comenzará a las 21 horas del día 18 de Noviembre para culminar a las 6 de la mañana del 20 de noviembre de 2017.

La disposición establece además que estos trabajadores no podrán ser trasladados ese día para que laboren en locales comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

Permisos y facilidades:

Los trabajadores que les corresponda prestar servicios el 19 de noviembre de 2017, por encontrarse exceptuados del descanso en día domingo y festivos, deberán contar con las facilidades, permisos y derechos para votar o responder al cumplimiento legal de la designación como vocal de mesa; de esta manera podrán ausentarse de sus labores durante un lapso de dos horas o por el día completo según corresponda, sin que ello pueda implicar un menoscabo en sus remuneraciones.

La Directora Regional del Trabajo, Laura Vásquez, informó que la Direccióndel Trabajo, efectúa una fase de difusión orientada a informar a empleadores y trabajadores actuando preventivamente para que todos los ciudadanos se encuentren informados y la norma se cumpla. Destacó de igual modo las materias a fiscalizar durante el día dela elección.

  • Otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesa, otorgamiento de permisos laborales por dos horas para sufragar a trabajadores, para quienes el día 19 de noviembre no constituye feriado legal  y
  • cumplimiento al inicio del descanso en el día previo a la elección, únicamente en aquellos casos de centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

La autoridad laboral precisó que se establecerá un turno regional de fiscalización, independiente de la posibilidad que los usuarios tendrán  para estampar denuncias a través de la página www.direccióndeltrabajo.cl

MULTAS:

Las infracciones que se observen por impedir el derecho a sufragio o negar permisos para cumplir tareas electorales o descuentos que se realicen aunque se hayan otorgado las autorizaciones, serán sancionadas con valores que van de 9 UTM (421.074)  30 UTM (1.403.580) y 40 UTM (1.871.440) dependiendo del número de trabajadores